Al respecto, para determinar la pérdida
tributaria arrastrable, debemos remitirnos al Resultado Contable del
Ejercicio. Este resultado, después de aplicarle las adiciones y deducciones
permitidas por la ley, puede ser positivo o negativo. De ser positivo el resultado,
se generan utilidades, mientras que de ser negativo, se obtienen pérdidas.
Adicionalmente a este resultado contable, se
le debe deducir la pérdida tributaria arrastrable acumulada del año anterior,
en el caso de haberse producido. Luego de lo cual obtendremos la Pérdida Neta
Tributaria Arrastrable, tal como se muestra en el cuadro 1

No hay comentarios:
Publicar un comentario